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Criterios de admisión Educación Formal Curso 2023-24

MATRÍCULA EN ENSEÑANZA SECUNDARIA PARA PERSONAS ADULTAS Y EN LOS NIVELES DE INICIACIÓN Y DE CONOCIMIENTOS BÁSICOS

2º CUATRIMESTRE

PLAZOS

Período ordinario de matrícula: del 5 al 9 de febrero, ambos inclusive.

Realización de las PRUEBAS VÍA (Valoración Inicial de Acceso): 16 de febrero.

Publicación de las listas provisionales de admitidos: 15 de febrero.

Período de reclamación: 16 de febrero.

Publicación de las listas definitivas de admitidos: 19 de febrero.

Comienzo de las actividades lectivas: 20 de febrero.

Período extraordinario de matrícula (en el caso de que haya vacantes): del 19 al 23 de febrero, ambos inclusive.

 

REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR QUIEN QUIERA MATRICULARSE

  1. 1.     Ser mayor de dieciocho años o cumplirlos en el año 2023. También podrán matricularse quienes sean menores de dieciocho años y mayores de dieciséis, si acreditan hallarse en alguna de estas circunstancias:
  • Tener un contrato de trabajo que no permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario
  • Ser deportista de alto rendimiento

2. Asimismo podrán acceder a estas enseñanzas, las personas mayores de dieciséis años que acrediten encontrarse en alguna de las circunstancias siguientes:

a) Enfermedad grave o circunstancias extraordinarias que les imposibilite continuar enseñanzas en centros educativos ordinarios.

b) No haber estado escolarizadas en el sistema educativo español.

Esta excepcionalidad junto con la documentación acreditativa, será trasladada por la persona titular de la dirección del centro a la persona titular de la dirección provincial de educación correspondiente que resolverá previo informe del Área de Inspección Educativa.

DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE PRESENTAR

A la solicitud de admisión que se entrega en el Centro se adjuntará la siguiente documentación justificativa:

a) Copia del DNI o NIE, únicamente si la persona solicitante se opone expresamente en la solicitud a que la Consejería de Educación recabe o consulte directamente sus datos de identidad.

b) Si la persona solicitante es mayor de dieciséis años y menor de dieciocho años, documentación acreditativa de hallarse en alguna de las circunstancias siguientes:

  • Tener un contrato de trabajo que no permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario.
  • Ser deportista de alto rendimiento.

c) En el supuesto de que presente necesidades de inserción laboral, certificado de la situación administrativa de demandante de empleo expedido por el Servicio Público de Empleo en el que se haga constar además de dicha circunstancia, la duración de esta.

d) En el supuesto de que el acceso sea a módulos de la enseñanza secundaria para personas adultas, tanto en régimen presencial (ESPA) como a distancia (ESPAD), copia del historial académico o documentación equivalente expedida por el centro de procedencia.

 PRESENTACIÓN  DE SOLICITUDES

Las solicitudes se podrán presentar por alguno de los siguientes medios:

a) De manera presencial, preferentemente en el centro educativo, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si, en el uso de este derecho, la solicitud se presenta en una oficina de Correos para su remisión por vía postal, deberá ser presentada en sobre abierto para que la misma sea fechada y sellada por el empleado de correos antes de que proceda a su certificación.

b) De forma electrónica, a través de la sede electrónica (https://www. tramitacastillayleon.jcyl.es), para lo cual las personas solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de cualquier certificado electrónico que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas

CRITERIOS DE ADMISIÓN

  1. Alumnos que estuvieron matriculados en el Centro en el primer cuatrimestre del curso 2023/2024, obtuvieron calificación positiva en alguna materia y no recibieron ninguna amonestación escrita.
  2. Estar en situación de demandante de empleo y tener mayor antigüedad..
  3. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.2 de la Orden EDU/788/2010, de 7 de junio y en el artículo 11.5 de la Orden EDU/922/2010, de 24 de junio, se utilizará como criterio de desempate en la puntuación obtenida al aplicar los criterios de baremación, las letras «_Y_» y «_L_» como primera y segunda letra, respectivamente, del primer apellido, y las letras «_J_» y «_S_» como primera y segunda letra, respectivamente del segundo apellido, de conformidad con el resultado del sorteo público que para dirimir los empates en los procesos de admisión del alumnado de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación de Personas Adultas en Castilla y León, se celebró el 7 de marzo de 2023 y que se encuentra publicado en la web temática de Aprendizaje a lo largo de la vida (https://www.educa.jcyl.es/adultos) del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León.
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